- Conocer los seis principios fundamentales del IASC.
- Saber denunciar una sospecha de explotación o abuso sexual.
- Aplicar las normas de salvaguarda de la infancia.
1Explotación y abuso sexuales: ¿de qué hablamos?
La explotación sexual es todo abuso, cometido o en grado de tentativa, de una situación de vulnerabilidad, de una relación de poder desigual o de la confianza de otra persona con fines sexuales (por ejemplo, exigir una relación sexual a cambio de una ración o de un empleo). El abuso sexual es toda intrusión física de carácter sexual, o la amenaza de tal intrusión, por la fuerza o mediante coacción.
Cuando el autor es un trabajador humanitario, se trata de una traición grave a las personas a las que se debe ayudar. Las organizaciones aplican una tolerancia cero ante estos actos y tienen el deber de actuar cuando se denuncian.
2Los seis principios fundamentales del IASC
- La explotación y el abuso sexuales constituyen faltas graves de conducta y son motivo de despido.
- Toda actividad sexual con un niño o una niña (menor de 18 años) está prohibida, independientemente de la mayoría de edad o la edad de consentimiento a nivel local; el error sobre la edad no es una excusa.
- Está prohibido intercambiar dinero, empleo, bienes o servicios (incluida la asistencia debida) por favores sexuales.
- Las relaciones sexuales entre el personal humanitario y las personas beneficiarias se desaconsejan firmemente, ya que se basan en una relación de poder desigual.
- Todo miembro del personal que tenga sospechas o inquietudes debe denunciarlas a través de los mecanismos previstos.
- El personal humanitario debe crear y mantener un entorno que prevenga la explotación y el abuso; los responsables deben apoyar y establecer los sistemas que lo hagan posible.
3Denunciar y asistir
- Denuncie a través de los canales oficiales de su organización (punto focal de PSEA, línea específica, dirección de correo electrónico confidencial) o del mecanismo interinstitucional de la zona. No necesita pruebas: basta con una sospecha de buena fe.
- No investigue usted mismo ni confronte a la persona sospechosa.
- Mantenga la información confidencial; la persona que denuncia de buena fe está protegida contra las represalias.
- El enfoque está centrado en la víctima: su seguridad, sus decisiones y el acceso a la asistencia (salud, apoyo psicosocial, asistencia jurídica) son lo primero, aunque la investigación aún no haya concluido.
- Las comunidades deben saber que la asistencia es gratuita y cómo presentar una queja: carteles, reuniones, números de teléfono.
4Salvaguarda de la infancia
La salvaguarda (safeguarding) es el conjunto de medidas que toma una organización para que su personal, sus programas y sus socios no causen daño a los niños y niñas (ni a los adultos vulnerables). Normas habituales de un código de conducta:
- No quedarse nunca a solas con un niño o una niña fuera de la vista de los demás; aplicar la regla de los dos adultos cuando sea posible.
- Ningún contacto físico inapropiado, ningún lenguaje ni castigo humillante.
- Ninguna foto de niños o niñas sin el consentimiento de sus padres, ni imágenes que permitan identificarlos o localizarlos en un contexto sensible.
- Ningún contacto privado (redes sociales, teléfono) con niños o niñas beneficiarios.
- Contratación más segura: verificación de referencias, preguntas sobre salvaguarda en la entrevista, firma del código de conducta.
Métodos detallados, un ejemplo completo, herramientas, errores frecuentes y preguntas de entrevista.
5El marco normativo de la PEAS en detalle: textos, obligaciones y requisitos de los donantes
Los seis principios básicos del IASC son la base común, pero un profesional debe conocer el conjunto de textos que de ellos se derivan, porque son los que utilizan los donantes, los auditores y las coordinaciones de PEAS para evaluar a una organización. Estos textos se complementan: unos fijan normas de conducta individuales y otros, obligaciones institucionales.
Los textos de referencia
| Texto | Origen y fecha | Lo que impone |
|---|---|---|
| Boletín del Secretario General ST/SGB/2003/13, Medidas especiales de protección contra la explotación y el abuso sexuales | Naciones Unidas, 2003 | Definiciones de referencia de la explotación y el abuso sexuales; normas de conducta para el personal de las Naciones Unidas; obligación de los asociados contractuales de cumplirlas |
| Seis principios básicos relativos a la explotación y el abuso sexuales | IASC, 2002, revisados en 2019 | Normas de conducta aplicables al personal de las organizaciones miembros del IASC; la revisión de 2019 reforzó el principio 4 (relaciones con las personas beneficiarias firmemente desaconsejadas) |
| Normas operativas mínimas sobre PEAS (MOS-PSEA) | IASC, 2012 | Obligaciones institucionales: política, punto focal, capacitación, mecanismos de quejas, investigación, asistencia, cooperación interinstitucional |
| Protocolo de las Naciones Unidas sobre las denuncias de explotación y abusos sexuales en que estén implicados asociados en la ejecución | Naciones Unidas, 2018 | Las agencias evalúan la capacidad de PEAS de sus socios, exigen la notificación de las alegaciones y pueden suspender la financiación |
| Evaluación de la capacidad de PEAS de los socios implementadores (herramienta común) | Naciones Unidas (UNICEF, ACNUR, PMA, UNFPA y otras), 2020 | Ocho normas básicas evaluadas y calificadas, acompañadas de un plan de fortalecimiento; una evaluación reconocida por una agencia puede ser utilizada por las demás |
| Protocolo de las Naciones Unidas sobre la prestación de asistencia a las víctimas de explotación y abusos sexuales | Naciones Unidas, 2019 | Asistencia a las víctimas independiente del resultado de la investigación y de la cooperación de la víctima |
| Recomendación del CAD de la OCDE sobre la eliminación de la explotación, el abuso y el acoso sexuales (EAAS) | OCDE, 2019 | Compromisos de los donantes miembros del CAD: requisitos para los socios, enfoque centrado en las víctimas, intercambio de información |
| Norma Humanitaria Esencial (CHS) | CHS Alliance, Groupe URD, Esfera, revisada en 2024 | Ayuda que no causa daño, incluida la prevención de la explotación, el abuso y el acoso sexuales (compromiso 4); mecanismos de denuncia y de quejas seguros (compromiso 5); personal respetuoso, competente y bien gestionado (compromiso 8) |
| Normas de salvaguarda infantil de Keeping Children Safe | Coalición Keeping Children Safe, 2014 | Cuatro normas: política, personas, procedimientos, rendición de cuentas |
Definiciones precisas que hay que dominar
- Explotación sexual: todo abuso cometido o amenaza de abuso en una situación de vulnerabilidad, de relación de fuerza desigual o de confianza, con propósitos sexuales, a los efectos, aunque sin estar exclusivamente limitado a ellos, de aprovecharse material, social o políticamente de la explotación sexual de otra persona (ST/SGB/2003/13).
- Abuso sexual: toda intrusión física cometida o amenaza de intrusión física de carácter sexual, ya sea por la fuerza, en condiciones de desigualdad o con coacción.
- Acoso sexual: conducta de carácter sexual no deseada, generalmente entre colegas; corresponde a las políticas internas de recursos humanos. Se habla de PEAAS (PSEAH) cuando los dispositivos abarcan las tres nociones, lo que hoy esperan numerosos donantes (FCDO, donantes del CAD de la OCDE).
Lo que exigen concretamente los donantes
| Donante | Requisitos habituales |
|---|---|
| Agencias de las Naciones Unidas | Evaluación de la capacidad de PEAS del socio antes o al inicio del acuerdo; cláusula de PEAS en el acuerdo; notificación inmediata de las alegaciones; medidas correctivas; posibilidad de rescisión |
| DG ECHO | Políticas y procedimientos de PEAS y de salvaguarda verificados durante la evaluación del socio humanitario; obligación de informar a la Comisión de los casos de abuso; requisitos trasladados a los socios implementadores |
| FCDO (Reino Unido) | Diligencia debida reforzada en materia de salvaguarda (política, gobernanza, contratación más segura, denuncia, capacitación); notificación de los incidentes en plazos cortos fijados por el acuerdo; se espera la adhesión al Misconduct Disclosure Scheme |
| Donantes estadounidenses | Cláusula estándar de prevención de la explotación y el abuso sexuales; código de conducta conforme a los seis principios del IASC; notificación de las alegaciones creíbles al oficial de contratos y a la oficina del inspector general en el plazo fijado por el acuerdo |
Los plazos de notificación varían según los donantes y los acuerdos (a menudo entre 24 horas y algunos días hábiles). La regla profesional: identificar ese plazo en cada contrato en el momento de la firma e incorporarlo al procedimiento interno, en lugar de descubrirlo el día en que llega una alegación.
6Analizar los riesgos de explotación y abuso sexuales de un programa
El riesgo de explotación y abuso sexuales nace de la combinación de tres factores: un poder de decisión sobre el acceso a la ayuda o al empleo, un contacto con personas en situación de vulnerabilidad y una supervisión débil. El análisis consiste en detectar, actividad por actividad, dónde se acumulan estos tres factores. Las coordinaciones de PEAS realizan un análisis colectivo (panorama interinstitucional de riesgos), pero cada organización debe analizar también sus propios programas.
Método en cinco pasos
- Mapear los puntos de contacto: registro, focalización, distribuciones, transferencias monetarias, contratación de jornaleros, trabajo a cambio de remuneración, actividades para niños y niñas, clínicas, alojamiento, transporte, gestión de emplazamientos.
- Identificar a quienes detentan poder en cada punto: personal, jornaleros, miembros de comités, jefes de emplazamiento, conductores, guardias, subcontratistas, agentes de transferencias monetarias, fuerzas de seguridad.
- Detectar los factores agravantes: escasez de la ayuda, criterios de selección opacos, personal exclusivamente masculino, actividades nocturnas o aisladas, remuneraciones muy bajas de los jornaleros, desplazamientos de niños y niñas no acompañados, acceso limitado de las mujeres al teléfono.
- Calificar el riesgo según la probabilidad y la gravedad, como en cualquier análisis de riesgos.
- Definir las medidas y verificar que estén presupuestadas, asignadas y con seguimiento.
Matriz tipo por actividad
| Actividad | Mecanismo de riesgo | Medidas de prevención |
|---|---|---|
| Registro y focalización | Un agente o un miembro de comité puede añadir o retirar un nombre | Criterios publicados; registro por parejas mixtas; verificación aleatoria de al menos el 10 % de los hogares; separación de funciones entre registro y validación; línea de quejas gratuita |
| Distribución en especie | Control de la fila y de la entrega por jornaleros sin capacitación | Código de conducta firmado y explicado oralmente a todo jornalero; personal femenino; carteles sobre la gratuidad; supervisión por personal permanente |
| Transferencias monetarias | Agentes de pago o comerciantes que exigen una contrapartida; control del teléfono o de la tarjeta | Cláusula de PEAS en el contrato del proveedor de servicios; capacitación de los agentes; información a las personas beneficiarias; monitoreo posdistribución con preguntas sobre peticiones de contrapartidas |
| Trabajo a cambio de remuneración | Supervisores que deciden la contratación y los días de trabajo | Sorteo público entre las personas elegibles; listas verificadas; cuotas de mujeres supervisadas por mujeres |
| Actividades para niños y niñas | Adultos en contacto directo y prolongado con niños y niñas | Contratación más segura; regla de los dos adultos; espacios visibles; mecanismo de denuncia adaptado a la niñez |
| Transporte y alojamiento | Conductores, guardias y arrendadores que pasan momentos a solas con personas beneficiarias | Prohibición de transportar a personas beneficiarias fuera de las misiones autorizadas; cuaderno de bitácora; presencia de un segundo miembro del personal |
Consultar a las comunidades sobre los riesgos y los canales
Las consultas comunitarias abordan dos preguntas: dónde y cómo podrían verse obligadas las personas a «pagar» la ayuda de una u otra forma, y qué canales de denuncia utilizarían con confianza. Las respuestas varían mucho: en un emplazamiento, las mujeres prefieren hablar con una mujer de confianza del espacio seguro; en otro, los adolescentes prefieren un número gratuito; las personas mayores prefieren un contacto en persona. Nunca se pregunta a un participante si ha sido víctima.
El riesgo más alto rara vez se sitúa donde está el personal expatriado. Se concentra en los intermediarios que controlan el acceso a la ayuda en el día a día: jornaleros, miembros de comités, agentes de proveedores de servicios, guardias y conductores.
7Diseñar un mecanismo de denuncia seguro y accesible
Un mecanismo de denuncia se juzga por un único criterio: ¿lo utilizan las personas para denunciar hechos graves? Un mecanismo que solo recibe quejas sobre la calidad de las raciones no demuestra la ausencia de abusos; a menudo demuestra que las personas no confían en el canal para temas delicados. La guía del IASC sobre mecanismos comunitarios de quejas interinstitucionales (2016) y el compromiso 5 de la CHS ofrecen el marco.
Características imprescindibles
- Varios canales: al menos un canal presencial (una mujer y un hombre capacitados), un canal telefónico gratuito, un canal escrito (buzón cerrado que abren dos personas) y un canal adaptado a la niñez.
- Independencia: las quejas nunca deben ser recibidas ni clasificadas por las personas que gestionan directamente la actividad en cuestión. Un buzón de quejas que abre el jefe de distribución es un mecanismo comprometido.
- Canal sensible diferenciado: las alegaciones de explotación y abuso sexuales se aíslan desde su recepción y se transmiten al punto focal de PEAS, fuera del circuito ordinario de quejas programáticas.
- Accesibilidad: idiomas locales, materiales orales e ilustrados, acceso para personas con discapacidad (visitas a domicilio, interlocutores formados en la lengua de señas local si es posible).
- Información: la comunidad conoce los canales, sabe que la ayuda es gratuita, que el personal no tiene derecho a pedir ninguna contrapartida y que la denuncia es confidencial.
Flujo de tramitación y plazos
| Etapa | Quién | Plazo objetivo | Puntos de atención |
|---|---|---|---|
| Recepción e identificación del carácter sensible | Cualquier agente del mecanismo | Inmediato | No pedir detalles; anotar lo mínimo |
| Transmisión al punto focal de PEAS | Agente del mecanismo | En un plazo de 24 horas | Canal seguro, nunca por un grupo de mensajería ni con copia a la jerarquía operativa |
| Remisión de la víctima a la asistencia (con consentimiento) | Punto focal con actores de VBG o de protección de la niñez | En un plazo de 24 horas, de inmediato en caso de urgencia médica | La asistencia no depende ni de la investigación ni de la voluntad de presentar una denuncia |
| Transmisión a la dirección designada y a la unidad de investigación | Punto focal de PEAS | Según el procedimiento, en general en un plazo de 24 a 48 horas | Información limitada a las personas que necesitan conocerla |
| Notificación al donante y, en su caso, a la agencia de las Naciones Unidas asociada | Dirección designada | Plazo previsto en el acuerdo | Información anonimizada sobre la víctima |
| Respuesta a la persona denunciante | Punto focal | Acuse de recibo rápido; información sobre el resultado en la medida de lo posible | Respetar la confidencialidad debida a todas las partes |
Ficha de recepción mínima
Solo contiene lo necesario para garantizar la seguridad, la asistencia y la transmisión: fecha y canal de recepción; naturaleza general de la alegación (explotación, abuso, acoso); organización y función del presunto autor si se conocen; necesidad de asistencia inmediata (sí o no) y remisión propuesta; consentimiento de la víctima para ser contactada y por qué medio; nombre del agente que la recibe. No contiene el relato detallado de los hechos, que corresponde a la investigación.
Hacer el mecanismo accesible para niños y niñas
- Personas de confianza identificadas y capacitadas en los espacios amigables para la niñez y en las escuelas apoyadas.
- Mensajes adaptados a la edad y probados con niños y niñas: qué no es aceptable por parte de un adulto y con quién hablar.
- Consultas con niños y niñas realizadas por personal capacitado, con el consentimiento de los padres y el asentimiento de los niños y niñas, sobre los canales que utilizarían.
- Procedimiento claro para el personal que recibe la denuncia de un niño o una niña: remisión inmediata a un gestor o gestora de casos de protección de la niñez.
Un aumento de las denuncias tras la puesta en marcha de un mecanismo suele ser un signo de confianza, no un deterioro de la situación. A las coordinaciones de PEAS les preocupa más una organización presente desde hace años que no declara ninguna alegación.
8La salvaguarda de la niñez en la práctica: contratación más segura, actividades, imágenes y entorno digital
Las normas de Keeping Children Safe se organizan en cuatro bloques: una política aprobada por el órgano de gobierno, unas personas contratadas y capacitadas de forma segura, unos procedimientos de prevención y respuesta, y una rendición de cuentas que permite verificar que todo ello funciona. Las Normas mínimas para la protección de la niñez y adolescencia en la acción humanitaria (CPMS, Alianza para la Protección de la Niñez y Adolescencia en la Acción Humanitaria, 2019) dedican además una norma específica a la salvaguarda en los programas.
La contratación más segura, paso a paso
| Etapa | Práctica esperada | Error que se debe evitar |
|---|---|---|
| Descripción del puesto | Mención del compromiso de la organización con la salvaguarda y la PEAS; nivel de contacto con niños y niñas especificado | Descripción que no dice nada sobre la salvaguarda |
| Convocatoria | Mención de que las personas preseleccionadas serán objeto de verificación de referencias, también sobre cuestiones de conducta | Convocatoria que no lo advierte: menos disuasoria |
| Candidatura | Explicación de las interrupciones en la trayectoria profesional; autorización para contactar con los empleadores anteriores | Solo el CV, sin declaración |
| Entrevista | Al menos una pregunta conductual sobre salvaguarda («Describa una situación en la que tuvo que poner un límite con una persona beneficiaria») y una pregunta sobre valores | Entrevista puramente técnica |
| Referencias | Al menos dos referencias, entre ellas el último empleador, obtenidas directamente de los servicios de RR. HH.; pregunta explícita sobre posibles procedimientos disciplinarios relacionados con explotación, abuso o acoso sexuales | Referencias proporcionadas por la propia persona candidata, contactos personales, cartas no verificadas |
| Misconduct Disclosure Scheme | Para las organizaciones adheridas al mecanismo puesto en marcha por el SCHR en 2019, solicitud sistemática a los empleadores anteriores de aproximadamente los últimos siete años, según las reglas del mecanismo | Contratar antes de recibir la respuesta |
| Verificación de antecedentes penales | Cuando la legislación local lo permite y el sistema es fiable, como complemento | Conformarse con ella: en muchos países es poco fiable |
| Incorporación | Firma del código de conducta tras una explicación oral; capacitación en PEAS y salvaguarda durante el primer mes; periodo de prueba | Firma de un documento no leído, en un idioma que no se domina |
Las agencias de las Naciones Unidas utilizan además la base de datos ClearCheck, que registra a las personas que han dejado el sistema de las Naciones Unidas tras alegaciones fundamentadas de explotación, abuso o acoso sexuales, para evitar que vuelvan a ser contratadas.
Diseñar actividades seguras para niños y niñas
- Análisis de riesgos de salvaguarda para cada actividad en la que participen niños y niñas (espacios amigables para la niñez, distribuciones escolares, actividades deportivas, transporte, alojamiento).
- Al menos dos adultos capacitados presentes, entre ellos, si es posible, una mujer; actividades en lugares visibles; ninguna sala cerrada.
- Proporciones de personal adaptadas a la edad y al contexto; las directrices sobre espacios amigables para la niñez recomiendan grupos limitados, del orden de 15 a 20 niños y niñas por facilitador según la edad, con una proporción más reducida para los más pequeños.
- Registro de asistencia y procedimiento de entrega del niño o la niña a un adulto conocido al final de la actividad.
- Ningún transporte de un niño o una niña por un solo adulto; ningún alojamiento de un niño o una niña en el domicilio de un miembro del personal.
Imágenes, relatos y datos
| Regla | Aplicación |
|---|---|
| Consentimiento informado | Consentimiento del padre, la madre o la persona tutora y asentimiento del niño o la niña, tras explicar el uso previsto; derecho a negarse sin consecuencias sobre la ayuda |
| No identificación | Ni nombre completo ni ubicación precisa (emplazamiento, escuela, aldea) de un niño o una niña; nunca imágenes de un niño o una niña identificado como sobreviviente, antiguo niño asociado a un grupo armado o niño separado |
| Dignidad | Ninguna imagen de niños o niñas desnudos, angustiados o presentados como víctimas pasivas |
| Almacenamiento | Imágenes en el servidor de la organización, no en teléfonos personales; eliminación de los archivos no utilizados |
| Proveedores de servicios | Fotógrafos, periodistas y visitantes firman el código de conducta y van acompañados |
Salvaguarda digital
Los riesgos digitales están hoy en el centro de la salvaguarda: contactos privados por mensajería entre el personal y niños, niñas o personas beneficiarias, grupos de mensajería de proyectos por los que circulan números y fotos, aplicaciones de transferencias monetarias que revelan la identidad, acoso en línea. Reglas mínimas: ninguna comunicación privada entre el personal y los niños y niñas beneficiarios; grupos de proyecto administrados por la organización; números de teléfono institucionales para el personal en contacto con las comunidades; procedimiento de denuncia de contenidos abusivos.
La salvaguarda no se limita a la niñez: la mayoría de las políticas actuales abarcan también a las personas adultas en situación de riesgo. Se aplica al personal, a los voluntarios, a los consultores, a los visitantes, a los proveedores de servicios y a los socios.
9Ejemplo completo: implantar la PEAS en un programa de transferencias monetarias en Bekora
Este caso ficticio sigue a la ONG nacional Tamari Aide, socia de una agencia de las Naciones Unidas, que pone en marcha un programa de transferencias monetarias multipropósito para 4200 hogares desplazados en el distrito de Bekora. La agencia exige una evaluación de la capacidad de PEAS antes del primer pago. El programa emplea a 46 personas, de las cuales 28 son jornaleros, y trabaja con un operador de dinero móvil y 64 agentes de pago.
Punto de partida: la evaluación de capacidad
| Norma básica evaluada | Situación inicial | Estado | Acción y plazo |
|---|---|---|---|
| Política de PEAS o código de conducta conforme a los seis principios | Código de conducta general que no menciona la prohibición de relaciones con menores de 18 años | Parcial | Revisión del código, validación por la junta directiva, 1 mes |
| Cláusulas de PEAS en los contratos de subcontratistas y socios | Ausentes del contrato del operador de dinero móvil | No conforme | Adenda al contrato, 6 semanas |
| Contratación más segura | Referencias verificadas solo para los cargos directivos | Parcial | Procedimiento ampliado a los jornaleros (una referencia verificada por teléfono), inmediato |
| Capacitación obligatoria del personal | 12 personas capacitadas de 46 | Parcial | Capacitación de 3 horas para todos, en idioma local, 1 mes |
| Mecanismo de denuncia | Buzón de sugerencias en la oficina, abierto por el jefe de proyecto | No conforme | Línea gratuita, puntos de escucha atendidos por mujeres, circuito separado para las alegaciones sensibles, 1 mes |
| Procedimiento de investigación | Ningún procedimiento escrito | No conforme | Procedimiento adoptado y acuerdo con la agencia para el apoyo a la investigación, 2 meses |
| Asistencia a las víctimas | Ningún vínculo formal con los servicios de VBG | Parcial | Integración en la vía de remisión del subclúster de VBG, 2 semanas |
| Medidas correctivas y sanciones | Reglamento interno que no menciona la explotación sexual como falta grave | No conforme | Revisión del reglamento interno, 2 meses |
Con dos normas cumplidas parcialmente y cuatro no conformes al inicio, la agencia califica a Tamari Aide como de capacidad baja y condiciona la continuación de la alianza a un plan de fortalecimiento, que financia por un importe de 18 500 USD (capacitación, línea gratuita, apoyo jurídico para la revisión de los documentos).
Análisis de los riesgos propios del programa
- Focalización: los comités de barrio proponen las listas. Medida: verificación por el equipo de Tamari Aide del 100 % de los hogares propuestos y, después, control aleatorio del 10 % por un equipo distinto.
- Pago: los agentes de pago pueden exigir una comisión o una contrapartida. Medida: cláusula de PEAS en el contrato del operador; capacitación de una hora para los 64 agentes; mensaje SMS en cada pago que recuerda la gratuidad y el número de la línea.
- Acceso al teléfono: el 38 % de las mujeres jefas de hogar no tiene teléfono propio. Medida: distribución de tarjetas SIM registradas a nombre de la beneficiaria, información sobre la confidencialidad del código.
Seis meses después: el cuadro de seguimiento
| Indicador | Mes 1 | Mes 6 |
|---|---|---|
| Personal y jornaleros capacitados (de 46) | 12 | 46 |
| Agentes de pago capacitados (de 64) | 0 | 59 |
| Personas beneficiarias que conocen la gratuidad y un canal de denuncia (monitoreo posdistribución, n = 320) | 41 % | 83 % (mujeres 79 %, hombres 88 %) |
| Quejas recibidas, todas las categorías | 14 | 212 (acumulado) |
| Alegaciones de explotación sexual recibidas | 0 | 3 (acumulado) |
| Alegaciones transmitidas al punto focal en un plazo de 24 horas | - | 3 de 3 |
| Víctimas remitidas a la asistencia con su consentimiento | - | 2 de 3 (la tercera se negó; se le dejó la información) |
Interpretación y decisiones
Las tres alegaciones se refieren a agentes de pago, y no al personal de Tamari Aide, lo que confirma el análisis inicial. La organización notifica a la agencia asociada dentro del plazo contractual, el operador aparta a los agentes implicados como medida cautelar durante la investigación y el asunto se lleva a la red de PEAS del país, ya que el mismo operador trabaja para otras tres organizaciones. La diferencia entre mujeres y hombres en el conocimiento de los canales lleva a añadir sesiones informativas en los espacios seguros para mujeres y niñas.
El resultado que hay que retener no es «tres alegaciones», sino la cadena completa: riesgo identificado, medida de prevención, canal conocido, denuncia recibida, transmisión dentro de plazo, asistencia ofrecida, actuación sobre el presunto autor e intercambio interinstitucional.
10Errores frecuentes, expectativas de los auditores y variaciones según el contexto
Errores frecuentes
| Error | Consecuencia | Práctica correcta |
|---|---|---|
| Capacitación en PEAS reducida a un módulo en línea en inglés para todo el personal | Los jornaleros y el personal de terreno no comprenden las reglas | Sesión presencial, en idioma local, con estudios de caso; actualización anual |
| Punto focal de PEAS designado entre los cargos de la jerarquía operativa, sin tiempo asignado ni capacitación | Conflictos de interés, denuncias bloqueadas | Puntos focales capacitados, de ambos sexos, con tiempo asignado y acceso directo a la dirección y a la sede |
| «Verificación previa» discreta por parte de la dirección local antes de la transmisión | Contaminación de las pruebas, presión sobre la víctima, violación de los procedimientos y de los acuerdos de financiación | Transmisión inmediata según el procedimiento; ninguna diligencia de investigación por parte de personal no autorizado |
| Código de conducta no aplicable a socios, subcontratistas y jornaleros | Las personas con más contacto con la población beneficiaria no están cubiertas | Cláusulas contractuales y capacitación para todos |
| Mensajes comunitarios que hablan de «tolerancia cero» sin decir concretamente qué está prohibido | Las comunidades no saben qué pueden denunciar | Mensajes concretos: «Nadie tiene derecho a pedirle dinero, un favor ni una relación sexual a cambio de la ayuda» |
| Fotos de niños y niñas en las redes sociales de la organización con nombre y lugar | Posible identificación y localización | Política de imágenes, revisión antes de la publicación |
| Referencia positiva dada a un empleado que dejó la organización durante una investigación | Contratación de un presunto autor en otro lugar | Respuesta basada en hechos, conforme al Misconduct Disclosure Scheme y a la política de RR. HH. |
Lo que examinan los auditores y los donantes
- Política de PEAS y de salvaguarda aprobadas por el órgano de gobierno, fechadas y accesibles en el idioma local.
- Pruebas de contratación más segura en una muestra de expedientes del personal: referencias verificadas, código firmado, capacitación durante el primer mes.
- Registro de alegaciones llevado de forma confidencial, con fechas de recepción, transmisión, notificación y cierre.
- Conocimiento de los canales por parte de las comunidades, verificado mediante entrevistas directas.
- Cláusulas de PEAS en los contratos de socios y proveedores de servicios, y pruebas de seguimiento.
- Participación en la red de PEAS del país y contribución a los análisis de riesgos comunes.
Variaciones según el contexto
- Emergencia repentina: contratación masiva y rápida de jornaleros; prever una sesión informativa obligatoria de PEAS de 30 minutos antes de cualquier incorporación, la firma del código explicado oralmente y mensajes sobre la gratuidad desde la primera distribución.
- Crisis prolongada: riesgo de relaciones duraderas de dependencia entre el personal local y las personas beneficiarias; rotaciones, supervisión cruzada, actualización anual de la capacitación.
- Campamentos: los comités y los gestores de emplazamientos detentan un poder cotidiano; integración de la PEAS en los términos de referencia de los comités y en la gestión de emplazamientos.
- Medio urbano y transferencias monetarias: riesgos desplazados hacia los proveedores de servicios, los propietarios y los empleadores; cláusulas contractuales e información directa a las personas beneficiarias.
- Gestión a distancia: canales de denuncia gestionados fuera de la zona, llamadas de verificación aleatorias, visitas de terceros, capacitación prioritaria de los socios.
- Socios con baja capacidad: utilizar la evaluación de capacidad como herramienta de fortalecimiento, financiar el plan de acción, compartir los modelos, evitar transferir el riesgo sin los medios.
11Preguntas de entrevista y referencias clave
Preguntas de entrevista
| Pregunta | Elementos de una respuesta sólida |
|---|---|
| ¿Qué diferencia hace usted entre explotación sexual, abuso sexual y acoso sexual? | Definiciones del boletín ST/SGB/2003/13; la explotación se basa en un abuso de la vulnerabilidad o del poder, el abuso en una intrusión mediante la fuerza o la coacción; el acoso suele darse entre colegas y corresponde también a las políticas de RR. HH.; noción de PEAAS. |
| ¿Cómo pondría en marcha un mecanismo de denuncia en un nuevo programa? | Consultas comunitarias sobre los canales preferidos; varios canales, entre ellos un canal presencial atendido por mujeres y un canal adaptado a la niñez; independencia respecto de los equipos operativos; circuito separado para las alegaciones sensibles; plazos; ficha mínima; información a las comunidades; seguimiento del conocimiento de los canales. |
| Un socio local no tiene ninguna política de PEAS. El donante quiere empezar en un mes. ¿Qué propone? | Evaluación de capacidad; medidas mínimas inmediatas (código de conducta firmado, punto focal, canal de denuncia, vínculo con los servicios); plan de fortalecimiento presupuestado; acompañamiento en lugar de simple condicionalidad; seguimiento conjunto. |
| ¿Qué verificaciones realiza antes de contratar a un facilitador para un espacio amigable para la niñez? | Referencias verificadas directamente, entre ellas el último empleador, con una pregunta explícita sobre la conducta; Misconduct Disclosure Scheme; entrevista con una pregunta sobre salvaguarda; verificación de antecedentes penales si es fiable; código de conducta; capacitación antes del contacto con niños y niñas. |
| Su programa no ha recibido ninguna alegación de explotación sexual en dos años. ¿Es una buena noticia? | No necesariamente: verificar el conocimiento de los canales y la confianza en ellos, la accesibilidad para mujeres, niños y niñas, la independencia del mecanismo; comparar con otras organizaciones; consultar a las comunidades. |
| Un colega mantiene una relación con una beneficiaria adulta, que afirma consentirla. ¿Qué hace usted? | Recordar que el principio 4 del IASC desaconseja firmemente estas relaciones debido a la relación de poder desigual, y que algunas organizaciones las prohíben; informar al punto focal según la política de la organización; no juzgar uno mismo el consentimiento; verificar si está en juego alguna ventaja relacionada con la ayuda. |
Referencias clave
- Secretario General de las Naciones Unidas, Medidas especiales de protección contra la explotación y el abuso sexuales, ST/SGB/2003/13 (2003).
- IASC, Seis principios básicos relativos a la explotación y el abuso sexuales (2002, revisados en 2019).
- IASC, Normas operativas mínimas sobre protección contra la explotación y el abuso sexuales (MOS-PSEA, 2012).
- IASC, Guía de buenas prácticas: mecanismos comunitarios de quejas interinstitucionales (2016).
- Naciones Unidas, Protocolo sobre las denuncias de explotación y abusos sexuales en que estén implicados asociados en la ejecución (2018) y Evaluación de la capacidad de PEAS de los socios implementadores (2020).
- Naciones Unidas, Protocolo sobre la prestación de asistencia a las víctimas de explotación y abusos sexuales (2019).
- OCDE, Recomendación del CAD sobre la eliminación de la explotación, el abuso y el acoso sexuales en la cooperación para el desarrollo y la ayuda humanitaria (2019).
- CHS Alliance, PSEA Implementation Quick Reference Handbook (2017) y Norma Humanitaria Esencial (2024).
- Keeping Children Safe, Normas de salvaguarda infantil y cómo implementarlas (2014).
- Alianza para la Protección de la Niñez y Adolescencia en la Acción Humanitaria, Normas mínimas para la protección de la niñez y adolescencia en la acción humanitaria (edición de 2019).
- Steering Committee for Humanitarian Response, Misconduct Disclosure Scheme (2019).
Una sospecha en el equipo
Programa de ayuda alimentaria
Es supervisor de un equipo de distribución.
Una adolescente de 16 años cuenta a una compañera que un miembro del equipo le ha prometido una ración adicional «si va a verlo esta noche».
Decisión 1 de 3Su compañera le pregunta qué hacer. Usted responde:
Decisión 2 de 3¿Y con respecto a la adolescente?
Decisión 3 de 3¿Qué debe hacer la organización para prevenir estas situaciones?
Lo que hay que recordar
Ante la explotación y el abuso sexuales: denunciar sin investigar uno mismo, proteger a la víctima y reforzar la prevención.
Ejercicio: estudios de caso
Para cada situación, indique si se trata de una infracción, qué hace usted y a quién lo denuncia: (1) un colega le propone a una beneficiaria ayudarla «a cambio de un favor»; (2) un conductor lleva cada día a solas a una adolescente a su casa; (3) un socio publica fotos de niños con el nombre de su campamento. A continuación, busque el contacto del punto focal de PSEA de su organización.
Puntos clave
- Tolerancia cero: la explotación y el abuso sexuales son faltas graves.
- Ninguna actividad sexual con una persona menor de 18 años, independientemente de la ley local.
- Ningún intercambio de asistencia, dinero o empleo por favores sexuales.
- Toda sospecha debe denunciarse a través de los canales oficiales; no se investiga por cuenta propia.
- El enfoque está centrado en la víctima.
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Para profundizar: referencias del curso
- CICR (2024). Normas profesionales relativas a la labor de protección (4.ª edición). www.icrc.org/fr/publication/0999-normes-professionnelles-pour-les-activites-de-protection
- Naciones Unidas (2003). Boletín del Secretario General ST/SGB/2003/13: Medidas especiales de protección contra la explotación y el abuso sexuales. www.un.org
- IASC (2015). Directrices para la integración de las intervenciones contra la violencia de género en la acción humanitaria. gbvguidelines.org/fr
- Alianza para la Protección de la Niñez y Adolescencia en la Acción Humanitaria (2019). Normas mínimas para la protección de la niñez y adolescencia en la acción humanitaria. alliancecpha.org
- Asociación Esfera (2018). El Manual Esfera: Carta Humanitaria y normas mínimas para la respuesta humanitaria. spherestandards.org/fr/manuel-2018
Cuestionario del día
3 preguntas para comprobar lo aprendido. Responda a todas para validar el día.